CIERRE DE BOCA DE VENTA DE DROGAS EN PARQUE SOLARI

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En el día de ayer personal de la Brigada Departamental Antidrogas junto con personal de la Dirección de Investigaciones, luego de información recabada y analizada, en coordinación con Fiscalía de 3er turno, con orden de allanamiento autorizada por Juez de Feria se procedió a realizar allanamiento en una finca del barrio Parque Solari. En el lugar se encontraban dos personas, un masculino y una femenina, ambos mayores de edad. Se realizó inspección localizándose y procediendo a la incautación de:

Un recipiente de plástico con tapa rosa que contenía 28 envoltorios de nylon color azul con sustancia blanca, una riñonera negra con un envoltorio de nylon color azul con sustancia blanca, una balanza de precisión, un celular, más de 43.000 (cuarenta y tres mil) pesos uruguayos en billetes y más de 2.000 (dos mil) en monedas, tres motos de diferentes marcas y cilindradas.

Puesto los resultados en conocimiento de la Fiscal, dispuso: Se da por enterada, conducción de los indagados a Sede de Fiscalía. Una vez finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado en lo Penal de 4º Turno de Salto, dispuso la condena de:

J.C.S de 40 años de edad como “AUTOR PENALMENTE RESPONSABLE DE UN DELITO CONTINUADO DE TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE TENENCIA NO PARA SU CONSUMO” a la pena de 3 años de penitenciaría con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el artículo 105 literal E del Código Penal.

M.R.D de 45 años de edad como “AUTORA PENALMENTE RESPONSABLE DE UN DELITO CONTINUADO DE ENCUBRIMIENTO AGRAVADO” a la pena de 24 meses de prisión que se cumplirán en régimen de libertad a prueba debiendo cumplir la condenada las siguientes condiciones del artículo 295 BIS del CPP:

A- Residencia en lugar determinado;

B- Sujeción a la OSLA:

C- Presentación a la Seccional Policial correspondiente a su domicilio una vez a la semana sin permanencia todo por el plazo de la condena y

D- Prestación de servicios comunitarios por el término de 30 días una vez por semana, dos horas, autorizándose la acumulación de horas de acuerdo al régimen legal.

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