HAY RESPONSABILIDADES?
Los informes epidemiológicos departamentales, al parecer ocultan la gravedad de otras enfermedades que lamentablemente conviven en nuestro departamento, el mortal dengue y la leishmaniosis. Al parecer el coronavirus ayuda a disimular el problema sanitario que existe hoy en nuestra ciudad.
En Salto hay ya cuatro personas con leishmaniosis de la cuales una joven falleció lamentablemente, tenemos personas que están en lugares de decisión política que, no dan explicación o seguramente no tienen los ámbitos, o será porque el legislativo esta de receso.
En el programa que se emite por Radio Turística de Salto Cero Estrés tarde todos los miércoles el Dr. Sergio Berneda médico veterinario, advertía la realidad que vino a nuestro departamento lamentablemente para quedarse, en la cual ya se sabía en el año 2009-2010 la parecencia del mosquito vector de la leishmaniasis .
Sería interesante ver a los señores ediles,preocupados por estas enfermedades solicitando explicaciones al señor intendente, policía sanitaria del departamento, teniendo en cuenta que falleció una persona joven y tenemos a cuatro tres más infectados por el parásito.
Ley de los Gobiernos Departamentales
Ley 9515 art-24. Ejercer la policía higiénica y sanitaria de las poblaciones, sin
perjuicio de la competencia que corresponda a las autoridades nacionales
y de acuerdo con las leyes que rigen la materia, siendo de su cargo:
-
A) La adopción de medidas y disposiciones tendientes a coadyuvar con las
autoridades nacionales, para combatir las epidemias, disminuir sus
estragos y evitar y remover sus causas;
-
B) La desinfección del suelo, del aire, de las aguas y de las ropas en
uso;
-
C) La vigilancia y demás medidas necesarias para evitar la contaminación
de las aguas;
-
D) La limpieza de las calles y de todos los sitios de uso
público, así como el transporte de los residuos generados en esas
operaciones, para su reciclado u otras formas de valorización,
tratamiento y disposición final.
Los ediles son los únicos que no reciben salario para realizar su actividad es verdad, es por eso que no aportaran al fondo corona virus, también es verdad que cuando se postulan son sabedores de todo, además de sus funciones derechos y obligaciones.
Una de sus funciones de contralor del ejecutivo departamental, el cual aparentemente viola la autonomía del legislativo diciendo que forman tiene que actuar, cuando exhorta a los curules a un recorte a las herramientas que aprobaron en su presupuesto para realizar la función.
Art17- Exhortar a la junta departamental a suspender los pedidos de provisión de pasajes, nafta, folleteria, aportes para eventos festivos etc.
El informe de fiscalía deja en evidencia la falta de responsabilidad de la gente y también la falta de medidas desde el gobierno, como también la actuación de los señores miembros del legislativo departamental ante la mortal enfermedad transmitida por los perros.
La Fiscalía Departamental de Salto de 3º Turno, a cargo de la fiscal Cecilia Gutiérrez -quien trabajó junto a las fiscales Silvia Mazzara y Jeannine Bittencourt- imputó en los últimos días a 4 personas por un delito de daño de violación a las disposiciones sanitarias, al no cumplir con un plan establecido en el caso de que perros a su cuidado resultaran positivos a Leishmaniasis. Se arribó en este caso a una suspensión condicional del proceso, asumiendo las siguientes obligaciones durante cuatro meses: 1) residir en un lugar específico, 2) presentación una vez por semana en la Seccional policial de su domicilio y 3) cumplir efectivamente con las obligaciones asumidas en el programa de seguimiento del Ministerio de Salid Pública para el control y combate de Leishmaniasis, en el caso de que posean otros canes no incautados a la fecha.
El caso se originó el 6 de febrero, cuando la Fiscalía Letrada Departamental de Salto de 3er Turno, recibió una denuncia efectuada por la Dirección Departamental de Salud de Salto del Ministerio de Salud Pública, comunicando que en más de diecinueve domicilios existían canes diagnosticados positivos a leishmaniasis que habrían incumplido la Ordenanza N.º 498/2016 del Ministerio de Salud Pública, que obliga a realizar un plan de seguimiento.
La fiscal Gutiérrez, comentó que esta situación potenciaba el riesgo de transmisión de dicha enfermedad tanto a otros animales como a seres humanos.
“Es de resaltar que hasta la fecha se registraron cuatro casos de humanos identificados en el departamento de Salto, con una joven lamentablemente fallecida. Se trata de una enfermedad que podría llegar a ser mortal, para el caso de que el paciente no se someta a un prolongado tratamiento, con importante costo para el erario público en atención a que cada ampolla de inyectable cuesta aproximadamente $ 150.000 (pesos uruguayos ciento cincuenta mil pesos) y el tratamiento en su conjunto ronda el millón de pesos uruguayos promedio”, señaló.
“Fue entonces cuando se realizaron coordinaciones interinstitucionales entre el Ministerio de Salud Pública, la Jefatura de Policía, el Poder Judicial y la Fiscalía, siendo ésta quien peticionó al Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 4to. Turno, Dr. Paulo Aguirre que librara diecinueve órdenes de allanamiento e incautación de canes, a los cuales se les practicaría la eutanasia para el caso de que la autoridad sanitaria determinare riesgo sanitario para la población”, agregó.
En función de ello a la fecha se formalizó a 4 personas por un delito de daño por violación de las disposiciones sanitarias (arts. 60 y 224 del Código Penal) y se practicó la eutanasia a 6 canes.
La fiscal Gutiérrez valoró como positivo el procedimiento ya que las personas formalizadas aceptaron como condición cumplir efectivamente con el programa dispuesto para el control de Leishmaniasis en casos de que tengan otros canes.