Martín Pertuzzatti seguirá siendo Presidente de la Junta Departamental de Salto

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Fueron varios llamados  que recibimos con motivo de la publicación anterior, además nos cuentan personas vinculadas a la junta departamental que muchos colegas se interesaron por el reglamento interno en el día de hoy.

Según los contextos que se pueden dar en la sesión  al  cambio de la mesa en  legislativo de Salto,  manejamos que se podría llegar a elegir el presidente por sorteo, teniendo en cuenta la coyuntura que pasa el órgano legislativo.

Es por eso que decimos publicar el artículo del reglamento interno que afirma nuestro análisis de la realidad.

Decreto 6376/2008

Artículo 9-(elección de Presidentes y Vice)

En la sesión inicial de cada periodo ordinario se procederá, en primer término por votación nominal y mayoría relativa de sufragios, a elegir Presidente/a, el que durara un año en el ejercicio de su cargo.

El secretario proclamara el resultado de la votación y el Presidente tomara posesión de su cargo.

De inmediato se procederá por votación nominal y mayoría relativa de sufragios a la designación de dos vice- Presidentes/as que duraran un año en el ejercicio de su cargo, los que sustituirán al Presidente por el orden de su elección.

Si en la elección a algunos de los cargos en que se refiere este artículo, se produjera empate, se votara nuevamente y si ocurrieran dos nuevos empates se procederá al tercero por sorteo.

En el día de ayer, según nuestras fuentes, un Sr. Edil con aspiraciones políticas legítimas, estuvo hablando con ediles de otro partido,  para que voten su propuesta, teniendo en cuenta que su colectividad política le   dio  apoyo a su nombre para ser el nuevo aspirante a Presidente, en esa charla habría propuesto  el cargo de asesor letrado a cambio de la votación.

Siguiendo en el análisis hipotético de los diferentes escenarios que se pueden presentar el  próximo 15 de julio, mientras no se efectué la elección de la nueva mesa seguirá actuando la mesa anterior, o sea el Sr Martin Pertuzzatti. art)10 Decreto 6376/2008

 

 

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