SALUD- ROL FISCALIZADOR DEL MSP

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Por Dr. Alvaro Vero

 

Luego de la reforma del sistema de salud implantado en enero del 2008 se insistió sobre la naturaleza del rol preceptor, tutor, y rector, del  MSP en las políticas de salud estatales expresadas constitucionalmente, a través de leyes y decretos complementarios.

Señalábamos anteriormente de la importancia con respecto al derecho de los usuarios plasmados también en las leyes que implantaron la reforma, que no siempre existía la garantía necesaria y el fiel cumplimiento de los derechos adjudicados por éstas.

Varias administraciones de salud de diferentes partidos, pero últimamente el ministerio dirigido por el Dr. Jorge Basso reconoció públicamente las dificultades que por carencias tenía el MSP de fiscalizar las acciones y efectores de salud.-

En El Observador del 17/07/2020 el actual Director General de la Salud, Dr.Miguel Asqueta, expresa que el MSP quiere mejorar el rol fiscalizador…”más allá del cumplimiento de los protocolos por la pandemia del coronavirus…”; cosa que es necesaria, esperada, y de buena administración. Es evidente que con flaco plantel de profesionales, sin presupuesto, es una tarea simbólica y nada más.-

“En el próximo presupuesto que se discutirá en el Parlamento las autoridades plantearán que la División de Fiscalización, que depende de la Dirección General de la Salud, se transforme con una dirección con autonomía y aumente la cantidad de funcionarios.” (El Observador).

Observamos de la declaración la importancia de señalar que aun dentro de la pandemia inesperada tienen singular vigencia los programas de salud en general. No todo debe circunscribirse al aspecto epidemiológico.

Sin duda que sin controles es difícil el ajuste a la normativa en general, complejiza la visualización de los resultados en salud, necesita de una arquitectura estructural amplia, con clara definición previa de estándares, protocolos, mediciones de calidad y de acreditación previas a los procesos, el seguimiento de las irregularidades, el factor docente pero también el punitivo que hasta puede determinar aspectos financieros en gradientes de calidad institucionales. Y por si fuera poco las mismas premisas deberían ser para el sector privado y para el público. Es decir que deberá coordinar acciones tanto con ASSE como con JUNASA para llegar a todo el sistema.-

El modelo para gestionar la fiscalización debe tener tres dimensiones: la económica-financiera (la ruta del dinero de todos en la salud y sus resultados), la gestión organizacional o administrativa, y la gestión clínica o técnica asistencial.

Seguramente que podrá basarse o sugerir auditorías externas para cualquiera de las áreas, el apagamiento a las normas legales, la eliminación de intereses espúreos en conjunción entre dirigentes y empresarios a la vez y deberá contar con recursos de alta calificación técnica en diferentes profesiones y de probidad absoluta.

Los procesos para la evaluación de las instituciones de salud con los cuales se consigue la acreditación son realizados por grupos multidisciplinarios externos que garantizan la calidad y la seguridad de la prestación de los servicios médicos a los pacientes.-

Sin duda que con el tiempo la amplitud y complejidad del área a formarse podrá constituirse en una persona pública no estatal con referencia en el MSP.-

Álvaro Vero

 

 

 

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