Significativo aumento de las formalizaciones

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En los últimos meses, la formalización de las investigaciones presentadas por fiscales a la Justicia registraron un significativo aumento, de acuerdo con un estudio realizado por el Departamento de Políticas Públicas de la Fiscalía General de la Nación.

En efecto, el trabajo realizado por el politólogo Diego Gonnet, indica que en marzo -quinto mes de aplicación del nuevo proceso penal- se formalizaron 732 casos, lo que representa un 75,1% de la cantidad de procesos iniciados en el último mes de aplicación del Código del Procedimiento Penal anterior. Si a eso se suman los casos que se tramitan al amparo del antiguo proceso, los números se incrementan aún más.

Así, la cantidad de formalizaciones creció mes a mes. En noviembre se formalizaron 368 casos, en diciembre 503, en enero 505, en febrero 586 casos y en marzo 732.

Según el informe de Gonnet estas cifras son muy alentadoras ya que indican que “a pesar de las dificultades ya identificadas y reconocidas al comienzo, la implementación del nuevo CPP mejora y se va acercando rápidamente a los niveles de eficacia, aún pasados recién cinco meses de su inicio”.

De acuerdo con el responsable del estudio, para hacer una evaluación completa acerca de “la eficiencia y eficacia de los nuevos procesos” se recomienda que pasen “dos años de iniciado el cambio”.

“Una evaluación completa implica además tomar en cuenta otros indicadores no relevados aquí, como la duración promedio de los procesos, la proporción de personas privadas de libertad con pena fijada, etc.”, concluye.

Se habla de formalización cuando el fiscal cuenta con los elementos objetivos suficientes para dar cuenta de la comisión de un delito y tiene identificados a los presuntos responsables del mismo. En esa instancia solicita al juez competente una audiencia en la que serán escuchadas las partes (el Fiscal y el sospechado de delito), así como la víctima (art. 266 CPP). Si el imputado está detenido, la solicitud de audiencia deberá hacerse de inmediato y se habrá de celebrar la misma dentro de las 24 horas siguientes al momento de la detención (art. 266.4 CPP). Si el imputado se encuentra en libertad, el Juez convocará a las partes y a la víctima a una audiencia que se celebrará en un plazo no mayor a 20 días (art. 266.5 CPP). En la audiencia de formalización el Juez resolverá sobre: a) la legalidad de la detención si la hubo; b) si admite la solicitud de formalización presentada por la Fiscalía; c) el pedido de medidas cautelares que formulen el fiscal o la víctima y d) toda otra petición planteada por las partes (art. 266.6 CPP).

Se adjunta informe 

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