Ante la condena al intendente Dr. Andrés Lima, se ha generado el fomento de la ignorancia y un manto de sospecha que están difundiendo frenteamplistas, sobre el poder judicial.
En ese sentido, respetando el estado de derecho comparto con ustedes lo siguiente:
- Fue más rápido el actuar de la justicia porque así lo ordena la ley, basta leer el artículo 33 y 38 de la ley 16099 para ver que el juez debe actuar cada 48 horas(por esa razón fue más rápido que una denuncia común).
- En cuanto a la condena quedo claro que Andrés Lima difamó.
- Lo que discuten catedráticos, sobre el caso, es si se le debe exonerar de responsabilidad o pena por el artículo 4 de la ley 18515.
Sobre todo es que si se prueba la verdad no estaría penado.
Bien la ley dice que no corresponde exoneración de responsabilidad o de pena cuando el denunciado actué con REAL MALICIA.
Entonces, la fiscal y el juez entendieron que el intendente actuó con real malicia por lo tanto al haber cometido el delito, no tiene derecho a ser eximido de responsabilidad ni pena.
Opinión: Debemos ser tolerantes con el que piensa distinto, pero nunca ser tolerante contra el atropello a la mentira y/o la ignorancia transformada en fanatismo.