TRÁFICO INTERNO DE ARMAS Y MUNICIONES

TRÁFICO INTERNO DE ARMAS Y MUNICIONES
Spread the love

.

Este Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, libra el presente a los efectos de comunicar que por Sentencia
del día de la fecha se condenó
– a J M P F como autor responsable de
un delito de Tráfico interno de armas de fuego y municiones, un delito de Receptación
(Chaleco antibalas policial) y un delito continuado de negociación de sustancias
estupefacientes prohibidas en la modalidad de negociación, todos en régimen de reiteración
real a la pena de 4 (cuatro) años y 8 (ocho) meses de penitenciaria efectiva con descuento de
la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación,
vestido y alojamiento conforme a lo dispuesto por el art. 105 lit. e) del Código Penal. –
– a W B F C como autora responsable de un delito continuado de negociación de sustancias estupefacientes prohibidas en la modalidad de
negociación a la pena de 3 (tres) años de penitenciaría efectiva con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación, vestido y
alojamiento conforme a lo dispuesto por el art. 105 lit. e) del Código Penal.-
-a L L T S como autor responsable de un delito de Violación de domicilio agravado a la pena de 4 (cuatro) meses de prisión, que se sustituye por LIBERTAD A PRUEBA (Ley 19,889) consistiendo sus obligaciones en: a. residencia en domicilio denunciado; Sujeción a orientación vigilancia permanentes de OSLA: Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.- Estas medidas serán de 2 (dos} veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 30 días. – e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio otras las modalidades que se determinen en el plan de intervención.
– Téngase por Formalizada la investigación de la Sra. M del R Cruz , por la comisión de un delito continuado de trafico de sustancias estupefacientes agravado. Asimismo, se hace lugar a la prisión preventiva por el termino de ciento cincuenta días.

EL DIRECTOR DE INFORMACIÓN TÁCTICA
COMISARIO MAYOR MIGUEL ÁNGEL MOREIRA MARTÍNEZ

Leave a Comment

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.