JUNTAS DEPARTAMENTALES, LO DE SALTO ES RARO…
El constituyente cuando creo la Juntas Departamentales lo hizo filosóficamente fundado en que sería un órgano que ejerza funciones de legislador y contralor, hoy de eso quedan vestigios.
Aun así dispone un sistema de integración sumamente perverso el de los dieciséis ediles por haber ganado.
Hoy el órgano de la Junta Departamental es un desastre en cuanto y en tanto a las discusiones de los temas, desastre crónico, solo pasa por hacer acuerdos y llegar a las mayorías exigidas.
Es por eso que sería sumamente interesante que toda la estructura de la Junta Departamental sea revisada, ello es todo por medio de una reforma constitucional.
En ese marco, es decir toda modificada las Juntas Departamentales y actualizadas al siglo XXI, ahí la discusión del sueldo del edil capaz tiene cabida.
Hoy, me parece impensado plantear el tema dado el marco regulatorio existente.
Al presente las Juntas Departamentales hacen todo por intermedio del ejecutivo, perdiendo la función legislativa, la ley constitucional así lo permite, salvo contadas excepciones.
Juntas Departamentales un tema de derecho constitucional, por ello son los legisladores nacionales los encargados de su reestructura, LO DE SALTO es RARO.
EL TALIBÁN